Modelo 790 para pedir la licencia de armas D y E
Ya que sabes la clasificación de los tipos de licencia de armas, ahora pasas al siguiente paso. Se trata de que conozcas los documentos que te exigen al momento de que vayas a solicitar el permiso. Estos requisitos deberás consignarlos y no te debe faltar ninguno. Te pedirán lo siguiente:
- Deberás descargar una hoja de solicitud, se trata de una instancia en la cual tendrás que colocar datos básicos. Como por ejemplo, tu nombre completo, teléfonos de contacto, correo electrónico y lugar de residencia. Este lo debes presentar cuando hagas la petición, lo podrás conseguir en la página de la Guardia Civil.
- Tienes que entregar el modelo o formulario 790, este es un documento en el que demuestras el pago de la tasa. Puedes descargarlo en el sitio web oficial de la Guardia Civil o del Ministerio de Interior. O si prefieres, podrías buscarla en la misma sede del ente, la puedes cancelar en cualquier banco.
- DNI: Un documento importante que te solicitarán es el Documento Nacional de Identidad. Deberás entregar una fotocopia del mismo con el fin de que revisen tus datos.
- Documento de aprobación de aptitudes psicofísicas adecuadas, este es un informe que se realiza previamente. Con ello demostrarás que tienes la capacidad para portar el armamento que estás solicitando. Debes hacer dicha prueba en el centro de reconocimiento destinado a verificar las aptitudes psicofísicas más cerca de tu domicilio.
- Otro requisito es el certificado de antecedentes penales, este debe estar vigente. Puedes encontrarlo marcando una casilla en el mismo órgano que haces la solicitud, así te ahorras unos cuentos euros.
Cada uno de estos documentos dependerá del tipo de licencia que vayas a solicitar. Existen otros permisos de porte de arma en el que los entes piden documentos extras. Se puede decir que exigen los siguientes requisitos:
En la licencia de tipo D y E, que son los autorizados para portar rifles y escopetas, piden otros documentos. En ambos casos, por ejemplo, deberás entregar el documento en la cual se verifique la práctica de tiro o caza. Tendrás varias opciones para ello, uno es el de mostrar el carnet del club, asociación o federación que perteneces. O la licencia de caza.
En la licencia de tipo E tienes que estar atento a este requerimiento. Debido a que de acuerdo al Reglamento de Armas, no es necesario mostrar este documento de práctica de tiro o caza. Pero la Intervención de Armas de la Guardia Civil igual lo pide. Así que es mejor que lo tengas en tu carpeta cuando hagas la solicitud.
Para la licencia de tipo D, adicionalmente tendrás que certificar la posesión de un armero. En este deberás regirte por la homologación de la Norma UNE EN 1143-1- Grado I. Este es indispensable, pues de esta forma el organismo comprobará que tus armamentos estarán resguardados en caso de cualquier robo.
Si lo que deseas es la licencia de tipo F, también hay un requerimiento extra. Para ello, tendrás que tener una tarjeta federativa que se encuentre en este momento vigente. Es necesario dicho documento porque en él se específica si eres socio, la categoría de tirador y la modalidad que practicas.
Pero si lo que quieres es una de tipo B, es decir una pistola. Ten en cuenta que son meticulosos al momento de revisar los requisitos. La concesión es limitada, discrecional, debes tener un armero homologado según la norma UNE EN 1143-1 de grado III. Y un comprante que diga una buena razón de tu petición, ya que defensa personal no es un motivo suficiente.